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Pregunta formuladas al Centro Nacional de desaparecidos y Ministerio del Interior

Con relación al escrito remitido a ustedes en el día de ayer 13 de marzo 2024 y referencia 132/ja-rg en relación a los hechos acontecidos en la desaparición del señor EDUARDO JIMENEZ ROLANDO en la cual solicitábamos la versión oficial de los hechos acontecidos, hoy remitimos el presente escrito en base a las declaraciones realizadas por policía nacional que seguidamente exponemos:

Ha trascendido informaciones en distintos medios de comunicación sobre la desaparición y fallecimiento de un ciudadano en Málaga.
Desde la Comisaría Provincial de Málaga se informa:

De manera cronológica, el pasado 29 de febrero, una patrulla de la Policía Nacional acudió a una vivienda en Málaga, tras ser requeridos por el morador del inmueble, quien informaba del fallecimiento de un conocido al que había acogido en casa.
Los servicios sanitarios acudieron también al lugar, certificando la muerte por causas naturales de esta persona. Los agentes realizaron gestiones in situ para tratar de localizar a algún familiar del finado, que resultaron infructuosas. El mismo morador del inmueble comentó a la Policía que el fallecido le expuso que no tenía familia.
Desde ese momento, al tratarse de una muerte natural, la situación del fallecido pasó a ser competencia de los asuntos sociales.
Con posterioridad, el día 8 de marzo, un pariente del hombre fallecido interpone denuncia por la desaparición de este, al llevar días sin tener noticias del mismo.
El grupo de Homicidios comienza las averiguaciones para tratar de localizar a la persona presuntamente desaparecida (no existe base de datos de personas fallecidas por causas naturales). Paralelamente, un allegado del finado se persona -con la denuncia por desaparición- en un centro de salud, siendo informado que esa persona había muerto.

Es muy grave la afirmación que hemos remarcado en la cual dice policía nacional en esa nota que NO EXISTE BASE DE DATOS DE PERSONAS FALLECIDAS POR CAUSAS NATURALES, algo que en lugar de aclarar un hecho lo que hace es todo lo contrario, generar muchísimas dudas tanto a los familiares de personas desaparecidas como a la sociedad.

Por ello y en base a tales afirmaciones les formulamos tanto al Centro Nacional de Desaparecidos como al Ministerio de Interior en la persona del señor ministro las siguientes preguntas:

1º.- Según afirma policía nacional, no existe una base de datos de personas fallecidas por muerte natural, entonces la pregunta es ¿Cómo saben los Cuerpos de seguridad del Estado si una persona desaparecida está fallecida?

2º.- Cuando los familiares formulan una denuncia por desaparición ¿no se hace de forma inmediata la comprobación en hospitales, anatómico forense, morgues o tanatorios?

3º.- Ante la denuncia por desaparición realizada, ¿no se comprueban las actuaciones policiales de días pasados en referencia a levantamiento de un cadáver IDENTIFICADO?

4º.- Además del acta o atestado de la patrulla que asistió, ¿acaso no existe también un documento de la asistencia realizada por parte del servicio de urgencias?, y en tal caso ¿tampoco de ello es conocedor policía nacional.

5º.- Encontrado el cadáver del señor Eduardo Jiménez y confirmada la causa del fallecimiento por muerte natural, teniendo en cuenta que portaba su documentación, ¿el único trámite realizado por los agentes para contactar con los familiares suele ser únicamente preguntar a un hombre que lo conocía de pocos días y que afirmo que no conocía a familiares del difunto?, ¿esa es la forma habitual para localizar a los familiares de un fallecido?

6º.- ¿Hicieron alguna indagación más para contactar con los familiares del difunto, como por ejemplo preguntar en el Servicio Andaluz de Salud los teléfonos de información del difunto?, en este caso ya les indicamos que los teléfonos son los de las hermanas.

7º.- Junto con la documentación del finado Eduardo Jiménez, había un papel con los teléfonos de las hermanas, pues el hombre de memoria no podía recordarlos, ¿vieron ustedes ese papel y en tal caso cual fue el motivo de no llamar?

8º.- Les preguntamos ¿Cómo puede ser que el Instituto de la Seguridad Social es conocedor al cabo de pocas horas del fallecimiento y con ello queda eliminado el registro como usuario, y policía nacional no puede conocer según las explicaciones que el desaparecido este fallecido?.

9º.- El finado fue enterrado a las 48 horas, ¿a efectos de identificación pueden explicar si esta se hace solamente porque llevaba el DNI o se comprueban las huellas dactilares para que corresponda la identidad con la del finado? Pues queda claro que la familia no pudo identificarlo como correspondería.

10º.- En base a este hecho, ¿el CNDES y Ministerio Interior tomará medidas para que este suceso no se repita?

Queremos mostrar nuestra preocupación en la frase que repetimos no existe base de datos de personas fallecidas por causas naturales y que genera tantas dudas, entre ellas y la más importante es que los familiares con personas desaparecidas duden si se hacen las gestiones para averiguar si su desaparecido está fallecido y enterrado sin que policía nacional sea conocedora, siempre bajo la premisa de la propia afirmación remarcada.
De nuevo pedimos que este escrito se haga llegar al Ministerio de Interior en la persona del señor ministro.
Quedamos a la espera de recibir sus noticias, y no tenemos ningún inconveniente en que sean transmitidas en persona, desplazándonos a Madrid para ello o bien respondiendo por escrito.
Sabemos que todos cometemos errores, lo que nos hace dignos es precisamente reconocerlos y con ello poder aprender y rectificar.

DOCUMENTO: Carta 2 14 de Marzo caso Eduardo Jimenez

Saludos

 

 

 

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